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Nigrán recuerda a los propietarios de fincas que tienen hasta el 16 de julio para limpiar sus terrenos

El Ayuntamiento de Nigrán emitió un bando en el que recuerda a los vecinos que, en atención al estado de alarma declarado por el COVID19, los responsables de las fincas disponen hasta el 16 de julio del año en curso para el cumplimiento voluntario de la limpieza de las mismas (DOGA N.º 82 de 29 de abril de 2020). Se advierte de que, en caso de incumplirse el anterior en el plazo concedido, el Ayuntamiento podrá proceder a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de la gestión de la biomasa en las condiciones establecidas en el artículo 22.2 de la ley 3/2007, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda, en el que podrán imponerse sanciones desde 100 € hasta 100.000 €.

De acuerdo con la legislación aplicable (ley 3/2007 de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia), los titulares de terrenos forestales deben gestionar la biomasa vegetal de acuerdo los criterios estipulados en esta ley y mantener una franja de 50 metros perimetral al suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable, alrededor de edificaciones, viviendas aisladas, urbanizaciones, depósitos de basura, campings, gasolineras y parques e instalaciones industriales a menos de 400 metros del monte, alrededor de las edificaciones aisladas en el suelo rústico.

Con carácter general, en la misma franja de 50 metros, no podrá haber árboles de las siguientes especies: pino gallego, pino del país; pino silvestre, pino silvestre, pino de Monterrey, pino de Oregón, mimosa, acacia negra, eucalipto, queiruga, retama, carpaza, helecho, silva y toxo.