Óbolo rechaza las afirmaciones difundidas por el Concello de Ponteareas sobre su gestión del SAF

Desde Óbolo rechazan las afirmaciones difundidas por el Concello de Ponteareas sobre su gestión del Servicio de Ayuda en el Hogar. Según la empresa, la información municipal “ofrece una versión unilateral de los hechos que no refleja decisiones adoptadas por el propio Concello ni circunstancias documentadas que resultan esenciales para comprender lo sucedido”.

En primer lugar, desmienten que la situación pueda presentarse como una responsabilidad exclusivamente atribuible a la entidad. “El 27 de enero de 2026, el Pleno municipal aprobó por unanimidad la resolución del contrato por mutuo acuerdo, después de que la responsable del servicio emitiera un informe técnico favorable. Dicho informe consideraba que la finalización ordenada del contrato era una medida adecuada para proteger el interés público y garantizar la continuidad de la atención. Esta decisión municipal no puede omitirse ni reinterpretarse ahora como si nunca se hubiera producido, de haberse considerado como ciertos los incumplimientos que ahora sirven como acusaciones a la par que fundamentos para la citada incautación, dicha finalización de mutuo acuerdo no podría haberse producido al contravenir del todo lo dispuesto en la Ley, algo que no dejaría en buen lugar a la entidad municipal, cuando existían instrumentos más adecuados a los fines que presuntamente perseguía el Concello en relación con un posible incumplimiento”.

En segundo lugar, rechazan la pretensión de incautar los 89.955 euros de su garantía definitiva como si su procedencia estuviera fuera de toda discusión. “El acuerdo de resolución contractual no incluyó un pronunciamiento expreso sobre la pérdida, devolución o cancelación de la garantía. Por lo que se solicitó en tiempo y forma su devolución y solo mediante un informe presentado fuera de plazo se inició un procedimiento ad hoc con la única finalidad de perjudicar económica y reputacionalmente a esta empresa que siempre ha cumplido con lealtad y rigurosidad su labor”.

Desde Óbolo consideran improcedente que el Concello pretenda atribuir ahora a la resolución consecuencias económicas que no quedaron establecidas en el acuerdo aprobado por el propio Pleno.

En tercer lugar, para la empresa resulta imprescindible desmentir la imagen que se pretende trasladar sobre las condiciones económicas del contrato. “Nuestro precio era de 19,99 euros por hora, mientras que la nueva adjudicación contempla 26,55 euros por hora sin IVA, aproximadamente un 32,8% más. No se trata de un dato accesorio: es una diferencia objetiva que debe tenerse presente al valorar las condiciones en las que se prestaba el servicio”.

Además, recuerdan que el 28 de enero de 2026, apenas un día después de la resolución por mutuo acuerdo, es cuando se produce la nueva adjudicación mediante contrato de emergencia, “momento en el que ofrecimos expresamente desistir de nuestra solicitud y continuar con el servicio si se actualizaba el precio en términos equivalentes. El Concello no atendió nuestra propuesta y prosiguió con la contratación de otra empresa a un precio sustancialmente superior. Este hecho contradice cualquier relato que presente la finalización del contrato como una situación en la que nuestra entidad se limitó a abandonar el servicio sin plantear alternativas”.

También rechazan que se silencien las penalizaciones anteriores al presentar la actual incautación. “En diciembre de 2025 abonamos 22.506 euros en penalizaciones, pese a haberlas recurrido, encontrándose pendiente la resolución definitiva de dicho recurso. La pretensión de incautar ahora la garantía exige distinguir y acreditar las responsabilidades concretas que se alegan, sin duplicar consecuencias económicas por unos mismos hechos”.

Por último, reiteran que las dificultades económicas expuestas durante la ejecución del contrato, con pérdidas acumuladas cuantificadas en 109.794,66 euros, no pueden desaparecer del relato de lo sucedido. “Estas circunstancias fueron comunicadas al Concello y formaron parte de los antecedentes valorados antes de aprobarse la resolución por mutuo acuerdo. Su omisión contribuye a ofrecer una imagen incompleta de la relación contractual”.

“No aceptamos que se presenten como hechos indiscutibles las afirmaciones de una de las partes mientras se omiten decisiones municipales y documentos que contradicen o matizan sustancialmente esa versión. La información difundida debe ajustarse a los hechos y no construir un relato que atribuya a nuestra entidad toda la responsabilidad de una situación cuya evolución conocía y valoró el propio Concello. Desde Óbolo mantenemos nuestra posición y defenderemos nuestros derechos por las vías correspondientes, como ya hemos procedido hacer ante el orden jurisdiccional correspondiente”, concluyen.