La Comunidad de Montes de A Guarda da por finalizada la polémica por el mástil de O Facho

Ante las declaraciones del Concello de A Guarda en un comunicado realizado a través de redes sociales el 28 de mayo de 2025 en relación a la posesión, mantenimiento y uso exclusivo del mástil situado en O Facho del Monte Santa Trega, la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de A Guarda (CMMVVMC) quiere aclarar a los vecinos lo siguiente:

  1. El mástil se encuentra situado en terrenos de titularidad comunal, legalmente reconocidos como Monte Vecinal en Mano Común, de los cuales la gestión corresponde única y exclusivamente a la Comunidad de Montes, según la Ley 13/1989, de Montes Vecinales en Mano Común, y la Ley 7/2012, de montes de Galicia.
  2. En ausencia de documentación que acredite lo contrario, toda construcción fijada al suelo pertenece al titular del terreno por derecho de accesión, que reconoce a la CMMVVMC de A Guarda la propiedad y uso de todo aquello que quede unido a los terrenos, ya sea de forma natural o artificial (artículos 334, 353 y 359 del Código Civil Español).
  3. La Comunidad no tiene constancia de ningún convenio, cesión ni autorización formal que habilite al Concello de A Guarda para declarar la posesión o uso exclusivo del mástil, reclamados en el comunicado del 28 de mayo de 2025.
  4. Cualquier uso o intervención en terrenos comunales debe contar, por ley, con la autorización expresa de la Junta Rectora o de la Asamblea General, en función de la naturaleza del acto. Esta obligación legal es conocida y respetada por otras administraciones y entidades.
  5. La CMMVVMC de A Guarda está abierta al diálogo y a la colaboración institucional, pero no puede aceptar usos unilaterales ni apropiaciones simbólicas o materiales que carezcan de base legal.

Por todo lo anterior, la CMMVVMC de A Guarda da por finalizada la polémica iniciada el pasado sábado 24 de mayo e insta al Concello de A Guarda a que, de persistir en su reclamación de propiedad o uso exclusivo del mástil, presente por los canales oficiales el correspondiente acuerdo de cesión, convenio o documento acreditativo que lo ampare.