El Ejecutivo gallego autorizó hoy el contrato para la asistencia sanitaria especializada en el área sanitaria de Vigo por un importe de 194.732.064 de euros y un período de vigencia inicial de dos años. El objetivo es prestar asistencia sanitaria especializada a una población estimada de alrededor de 116.000 personas que libremente así lo elija, asignada a los centros de salud de los municipios de Cangas, Moaña, Baiona, Nigrán, Gondomar y aquellos otros que se determinen del municipio de Vigo.
El contrato autorizado hoy por el Consello de la Xunta tendrá una vigencia inicial de dos años, desde el 1 de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2027. Podrá ser prorrogado por tres años más, pudiendo alcanzar en este caso un valor estimado de 525,7 millones de euros. El Consello de la Xunta de esta mañana también autorizó la prórroga del actual concierto con el Hospital Povisa hasta la entrada en vigor del nuevo contrato, previsto para el 1 de abril de 2025.
Al inicio del contrato, será la población de referencia que se encuentre protegida en el marco del concierto vigente con el Hospital Povisa la que reciba asistencia sanitaria especializada. Una vez transcurrido un año desde la entrada en vigor del nuevo contrato, en cada ejercicio se establecerá un plazo de 30 días naturales para que los usuarios que así lo deseen ejerzan su derecho de elección, que llevará implícita la permanencia anual.
El número de procesos asistenciales recogidos en este contrato de servicios es estimativo. El cálculo se hizo teniendo en cuenta la actividad realizada en el año 2023, último año completo cerrado, por lo que el precio final que se abonará al adjudicatario vendrá determinado por el número de procesos previstos en la cartera de servicios que realmente se presten a la población adscrita al centro sanitario.
Con la autorización de hoy por el Consello de la Xunta, la Administración autonómica cambia la tipificación del contrato para la prestación de la asistencia sanitaria especializada en el área de Vigo, pasando del actual concierto con el Hospital Povisa a un contrato de servicios, por lo que el adjudicatario tiene la obligación de prestar asistencia sanitaria para los procesos incluidos en la cartera de servicios que se recogen en los pliegos.
Con este nuevo modelo el Gobierno gallego pagará solo por los procesos que realmente se realicen a la población de referencia y reforzará el control sobre la actividad prestada por la adjudicataria. Para garantizar el correcto funcionamiento del servicio y velar por la calidad asistencial que se presta a la población de referencia, se creará una unidad de supervisión y control para el seguimiento del contrato.
Procesos incluidos en el nuevo contrato
La atención especializada recogida en el nuevo contrato incluye asistencia especializada en consultas; asistencia en el hospital de día y procesos de cirugía mayor ambulatoria; hospitalización en régimen de internamiento; hospitalización domiciliaria; procedimientos diagnósticos y terapéuticos; y urgencias hospitalarias.
Más concretamente, las prestaciones sanitarias médicas incluidas en la cartera de servicios son: alergología e inmunología clínica; anestesiología y reanimación; aparato digestivo (excluido cribaje de cáncer colorrectal); cardiología (excluidas hemodinámica y electrofisiología); endocrinología y nutrición; hematología y hemoterapia (excluido trasplante de médula ósea); medicina intensiva; medicina interna; nefrología; medicina física y rehabilitación; oncología médica; oncología radioterápica (excluidas braquiterapia y radiocirugía); neurología; reumatología; neumología (excluida unidad de tuberculosis y cribaje de cáncer de pulmón).
En cuanto a la cartera de servicios quirúrgica se incluyen angiología y cirugía vascular; cirugía general y del aparato digestivo (excluido cribaje de cáncer colorrectal); cirugía oral y maxilofacial; cirugía ortopédica y traumatología; cirugía plástica, reparadora-quemados (excluidos los casos de grandes quemados, que son asumidos por el Chuac para toda Galicia); dermatología y venereología; ginecología (excluidos centro de orientación familiar, reproducción humana asistida y cribajes de cáncer de cérvix); oftalmología; otorrinolaringología (excluido el implante coclear); y urología.
Otras de las prestaciones recogidas específicamente en el contrato autorizado son los análisis clínicos (excepto análisis genéticos y cualquier muestra biológica originaria en atención primaria); anatomía patológica (excluidos análisis genéticos); cuidados paliativos; hospitalización a domicilio; medicina nuclear; microbiología y parasitología; neurofisiología clínica; radiodiagnóstico; litofragmentación extracorpórea; urgencias; farmacia; diálisis; trabajo social; y atención al paciente.
Optimización de los recursos asistenciales
Con la cartera de servicios establecida, la Consellería de Sanidade optimiza todos los recursos asistenciales existentes en el área sanitaria de Vigo ya que aquellos procesos más complejos se centralizan en el Complejo Hospitalario Universitario de Vigo, teniendo como referencia el Hospital Álvaro Cunqueiro, que se encuentra a la vanguardia diagnóstica y tecnológica. Se excluyen así del presente contrato la hemodinámica, a electrofisiología, la neurocirugía o la cirugía torácica y se incluyen prestaciones como la radioterapia de intensidad modulada (IMRT) en la oncología radioterápica, mejorando de este modo la accesibilidad de los recursos de radioterapia del área sanitaria de Vigo.
Con el fin de velar por la equidad, la calidad y la eficiencia asistencial de los pacientes atendidos, el adjudicatario deberá realizar todas las actuaciones precisas para la implantación y funcionamiento, entre sus facultativos y profesionales sanitarios, de la historia clínica electrónica Ianus. También adoptará las medidas oportunas para la integración de la información del registro de pacientes y de la actividad asistencial en el sistema de información de gestión de pacientes corporativo del Servicio Galego de Saúde. Además, el adjudicatario está obligado a cumplir con los procedimientos y protocolos específicos de circuitos asistenciales de admisión, cirugía robótica, oxigenación por membrana extracorpórea -ECMO- y comités de tumores, garantizando la continuidad asistencial.
Para asegurar la calidad y adecuación de los recursos materiales, medios e instalación empleados en la prestación de los servicios, la entidad estará obligada a la realización de inversiones en obras para la mejora de las instalaciones y/o adquisición de los equipamientos que resulten necesarios para el correcto desarrollo de la actividad, destinando a este fin un mínimo de un 3% del importe anual del contrato. Asimismo, el adjudicatario asume la obligación de aplicar los incrementos retributivos pactados en el convenio colectivo. Concretamente en 2025 debe aplicar una subida de un 3% para los profesionales de la entidad.

