El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) condenó recientemente a la empresa Pescanova por vulneración del derecho de conciliación de la vida familiar y laboral, tras haberse negado a aceptar la concreción horaria solicitada por un empleado del centro de trabajo de O Porriño para el cuidado de menor.
El TSXG atendió de este modo el recurso de suplicación presentado por el afectado a través de la CIG contra la decisión del Juzgado de lo Social número 6 de Vigo y declara el derecho del trabajador a ser adscrito al turno de noche de 22:00 a 6:00 horas, tal y como había reclamado tras justificar debidamente la necesidad de ese cambio para poder encargarse de su hijo tras un cambio en las circunstancias familiares.
La sentencia, que ya es firme tras haber renunciado la empresa a presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo, establece además una indemnización de 2.500 euros por daños morales al entender el TSXG que se produjo una discriminación por circunstancias familiares, ya que Pescanova no aportó razones organizativas suficientes que justifiquen la decisión.

