Condenan a Povisa por diagnosticar por error VIH y hepatitis a un vecino de Nigrán

El Juzgado Contencioso-administrativo número 1 de Vigo ha condenado al Hospital Povisa a indemnizar con 60.000 euros por daño moral a un hombre vecino de Nigrán que fue diagnosticado por error como portador del VIH y hepatitis, situación que se prolongó durante quince años.

El 16 de febrero del 2000, cuando tenía 32 años de edad, acudió al Hospital Povisa de Vigo, al ser éste su centro de referencia en virtud del convenio SERGAS-POVISA, ya que presentaba una herida en la pierna derecha tras una caída accidental en la vía pública. En el informe de alta del Servicio de Traumatología y Cirugía Ortopédica de Povisa, del día siguiente, en el apartado de “Otros diagnósticos”, se escribió: “VIH. VHB.VHC. ADVP”. En los informes médicos posteriores que constan en la historia clínica del paciente continúan recogiéndose tales diagnósticos como antecedentes.

En el informe del Servicio de Microbiología de la Xerencia de Xestión Integrada de Pontevedra y O Salnés (al que estaba adscrito por su internamiento en A Lama), fechado el 30 de septiembre de 2015, se expresa que los datos que aparecen registrados en el Sistema Informático de Laboratorios, en respuesta a las solicitudes realizadas en diferentes años entre 2005 y 2015, constatan el resultado negativo de los análisis de HVB, VIH, VHC y Hepatitis B con relación a este paciente.

En la resolución administrativa recaída en el expediente se reconoce explícitamente que existió un claro error de diagnóstico, mantenido durante quince años, por lo que queda acreditada la antijuricidad del daño, así como el nexo causal entre éste y la actuación sanitaria. La Consellería de Sanidade cifró la indemnización de daños y perjuicios en 19.172,54 euros, asimilando la situación producida a la de una incapacidad permanente parcial, residenciando la obligación de resarcir en el centro concertado, POVISA.

El afectado considera que los daños morales derivados de ese error -sea tildado de diagnóstico o de transcripción- había de valorarse en 400.000 euros, ya que tras serle comunicado a su familia, “su vida personal, social y laboral se desmoronó, quebrándose todo su proyecto vital”. Su esposa se separó, fue privado de la relación con su hija por el temor de la madre a que le pudiese «contagiar», se sumió en una «fuerte depresión», con varios intentos de suicidio, y recayó en el consumo de estupefacientes, que, «unido a lo que él creía una corta esperanza de vida, hizo que comenzase una espiral delictiva por la que entró en prisión en 2002».

Afirma el magistrado que «se trata de un caso particular de exclusión social, caracterizado por dificultad en la continuidad laboral, ausencia o insuficiencia de apoyos familiares o comunitarios, marginación social y, desde luego, falta de sensibilización de la población en general frente a la problemática relacionada con el VIH o la hepatitis asociada al virus».

Ante esta situación, estima en parte el recurso interpuesto frente al Sergas y a Povisa, figurando como interesada una aseguradora, y anula parcialmente la resolución administrativa, de forma que condena a Povisa a pagarle una indemnización que asciende a 60.000 euros. Contra la resolución cabe recurso de apelación.