El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) viene de condenar al Sergas por vulnerar los derechos fundamentales en lo que respecta a la integridad física y moral de un trabajador del área sanitaria de Vigo que fue víctima de acoso laboral por parte de la dirección de Recursos Humanos. La sentencia concluye que el departamento autonómico incumplió las obligaciones legales y reglamentarias en materia de prevención de riesgos y fija una indemnización de 38.497,80 euros para el afectado.
La Sala de lo Social del TSXG señala que la vulneración de derechos fundamentales tiene que ver concretamente con la prevención de riesgos psicosociales de un trabajador que comenzó a trabajar en el área de Vigo en 2019 como personal fijo en la categoría del Grupo de Gestión y que denunció acoso laboral desde 2020 contra varios de sus superiores.
Tal y como explican desde la CIG-Saúde, el afectado trabajaba media mañana en la Dirección de Atención Primaria y otra media en la de Recursos Humanos, “siendo en esta última dirección en la que comenzaron las hostilidades hacia él, en forma de comentarios despectivos, ambigüedad en la asignación de sus tareas y falta de un espacio de trabajo definido”. La situación derivó posteriormente en un escenario de modificaciones y redefiniciones constantes de sus funciones.
Poco después, la Dirección de Recursos Humanos decidió no permitirle acceder a las aplicaciones necesarias para que pudiera desarrollar su labor, llegando incluso a negarle la información. “A consecuencia de la imposibilidad de hacer sus tareas, varios profesionales sanitarios de Atención Primaria no se dieron de alta en los sistemas informáticos, incidiendo en el plano asistencial, no pudiendo atender pacientes al no estarle permitido acceder a los listados de trabajo, lo que provocó trastornos en los centros de salud”.
A pesar de que durante meses se mantuvieron reuniones con la Gerencia y la Dirección de Recursos Humanos a instancias del propio trabajador -con el apoyo de la CIG, central sindical a la que está afiliado- “esta situación de permanente hostilidad vertical nunca fue resuelta”. Lo que llevó al afectado a tener que solicitar asistencia sanitaria y mantenerse de baja médica en reiteradas ocasiones.
Procedimiento interno de acoso
Al no haberse resuelto la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba el trabajador y la persistencia en el conflicto, en julio de 2023 la delegada de prevención de la CIG solicitó la apertura del procedimiento interno de acoso laboral. A pesar de la cuantiosa información con la que se documentó (más de 200 páginas con pruebas), la comisión que investigó la situación concluyó que no quedaba probada la situación de acoso, pero instaba a adoptar medidas correctoras para “mejorar el clima laboral”.
El procedimiento lo tramitó la propia Dirección de Recursos Humanos del Sergas en Vigo, a pesar de que las personas implicadas y denunciadas se encontraban dentro de la estructura de este órgano, incluyendo a dos mandos intermedios y a una directiva. “La CIG, toda vez que sería esta Dirección la que se investigaría a sí misma, solicitó que se instruyera en Servicios Centrales para garantizar la imparcialidad, extremo que fue rechazado por el Sergas”.
Por lo que el trabajador tuvo que recurrir a la vía judicial por incumplimiento de las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, que terminó dándole la razón y condenando al Sergas a indemnizarlo.
Depuración de responsabilidades
Desde la CIG-Saúde celebran una sentencia que supone un “éxito moral” para el trabajador y que “pone algo de luz en una situación de penosidad absolutamente evitable que repercutió negativamente en su salud”.
Al mismo tiempo, la central sindical considera “especialmente grave” lo sucedido, dado que existía “pleno conocimiento” por parte de la Gerencia y de la Dirección de Recursos Humanos desde el año 2021, “a pesar de que no adoptaron medidas eficaces, tal y como la sentencia viene a demostrar”.
Por todo esto, la CIG reclama que se depuren las responsabilidades pertinentes “puesto que la Gerencia, con su pasividad y permisividad con las personas responsables, le causó un perjuicio a un trabajador, finalizando ahora con una condena indemnizadora que se tendrá que abonar con dinero público”.

