La Audiencia Nacional falla a favor de Tui en la reclamación de los gastos del desescombro de Paramos

El Ministerio del Interior deberá abonar 1.276.709,34€ al Concello de Tui en concepto de ayudas por las obras del desescombro y desamiantado del barrio de A Torre, en Paramos, tras la explosión inscrita en mayo de 2018. Así se recoge en la sentencia de la sección Quinta de la Audiencia Nacional que falló a favor del Concello de Tui en el recurso contencioso administrativo interpuesto por el consistorio.

El Concello de Tui, tras la declaración del municipio como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, había presentado dos solicitudes de ayudas ante el Ministerio. La primera en junio de 2018 solicitando una ayuda de 389.087,28 €, que fuera aprobada, y otra en marzo de 2019 por importe de 887.622.06 € que fuera denegada al considerar que no eran actuaciones “inaplazables”, decisión que fue recurrida por el Concello, a quién ahora la Audiencia le da la razón.

El alcalde de Tui, Enrique Cabaleiro, mostró hoy su satisfacción por esta sentencia que “nos da razón con esa reclamación de cerca de un millón de euros que hacíamos para que el Estado nos pagara los gastos que el Concello en su día realizó para retirar los escombros del barrio de A Torre, en Paramos, producto de la explosión del almacén ilegal de material pirotécnico”. Enrique Cabaleiro explicaba que en su momento se había firmado un convenio con la Administración del Estado, “y el Estado a pesar de firmar ese convenio no cumplió con el pago” al considerar que esas actuaciones no habían sido urgentes”.

Recuerda el regidor que por unanimidad en sesión plenaria se acordó adjudicar por procedimiento de urgencia esas labores de desescombro que ascendieron a cerca de 1,5 € millones de euros, de los que el Estado había pagado cerca de 400 mil y restaban estos casi 900 mil euros”. Añade que “el Concello acudió a la Audiencia Nacional y después de casi dos años de espera tenemos esta sentencia favorable”. Sin embargo, añadía que “hay que ser cautos porque contra la sentencia cabe la presentación de recurso de casación”.