La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a un acusado de golpear en el ojo izquierdo a un hombre en el interior de un bar de Travesía de Vigo. La Sala destaca que “la única prueba de contenido incriminatorio susceptible de demostrar la autoría del acusado viene constituida por las declaraciones del perjudicado, que manifestó que por el rabillo del ojo vio la mano del acusado que le golpeó”. Sin embargo, subraya que, tras el examen y valoración de la prueba practicada, no puede formar su plena convicción acerca de la autoría de los hechos y, por tanto, que las lesiones sufridas por el perjudicado fuesen consecuencia de un golpe propinado por el acusado, por lo que ha dictado una sentencia absolutoria. El fallo no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.

