El Juzgado de lo Social número 5 de Vigo viene de estimar parcialmente la demanda de conflicto colectivo presentada por la CIG contra Ilunion Servicios Industriales por modificación sustancial de las condiciones de trabajo. La empresa pactó con UGT a nivel estatal una serie de cambios en el catálogo de ayudas sociales que suponían un incremento de las restricciones para acceder a estas ayudas, vulnerando la igualdad de trato.
Desde la representación de la central en el centro especial de empleo del grupo ONCE explican que la sentencia decreta la nulidad parcial del catálogo de ayudas sociales de 2024 en lo referente a los requisitos de absentismo por bajas de enfermedad común o incapacidad temporal; a la exclusión de las personas trabajadoras objeto de sanción disciplinaria; y a establecer como condición para acceder a las ayudas no cobrar más de 30.000 euros anuales.
La sentencia pone de manifiesto que la exclusión de las ayudas sociales por absentismo o IT es contraria a la Ley 15/2022, de 12 de julio , para la igualdad de trato y la no discriminación, incluyendo en el apartado primero de su artículo 2 la enfermedad como factor de discriminación. Mientras que el artículo 9.1 recoge que no se pueden establecer limitaciones, segregaciones o exclusiones en las condiciones de trabajo, entre otras causas.
En cuanto a la exclusión de las ayudas por medidas disciplinarias añadida por la empresa en el catálogo, el juez señala que se trata de una medida contraria a la legalidad, en virtud del artículo 58.3 del Estatuto de los Trabajadores/as, citando en este sentido varias sentencias de la Audiencia Nacional.
Además, en catálogos anteriores el comité pactó con la empresa que la franja retributiva de acceso a las ayudas se situaba en 2,5 veces el SMI. “Pero ahora, como el SMI subió un 60% desde el año 2019, la dirección de Ilunion y UGT suprimieron de manera deliberada esa regla de cálculo para concretar un límite de 30.000 euros al año, lo que supone la exclusión de algunas personas trabajadoras”.
Por todo esto, desde la CIG en Ilunion le reclaman públicamente a la empresa que retire estos requisitos del catálogo de 2025, al tiempo que censuran el hecho de que la representación de la UGT en el comité provincial de Pontevedra se volviera a situar “al lado de la dirección defendiendo sus intereses, votando en contra de presentar la demanda para intentar frenar discriminaciones por motivos de salud o castigos por bajas”.

