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La Xunta de Galicia fija como festivos propios para 2025 el 17 de mayo y el 25 de julio

El Consello de la Xunta dio hoy luz verde al calendario laboral de Galicia para 2025, en que se fijan como festivos propios los días de las Letras Galegas (17 de mayo) y el Día Nacional de Galicia (25 de julio). El Gobierno gallego aprueba el calendario una vez que el Consejo Gallego de Relaciones Laborales emitió el correspondiente dictamen.

La normativa estatal, fijada por el Real decreto 2001/1983, establece las 14 fiestas anuales de ámbito nacional no recuperables, remuneradas y de carácter obligatorio. De estos 14 festivos, dos son elegidos por cada ayuntamiento. De los otros 12 restantes, nueve son de carácter obligatorio y no sustituibles a no ser que coincidan en domingo: 1 de enero, Viernes Santo (18 de abril en 2025), 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6 de diciembre, 8 de diciembre y 25 de diciembre. En el año 2025 hay un festivo nacional de carácter obligatorio que coincide en domingo: el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), que Galicia propone sustituir por el 17 de mayo, Día de las Letras Galegas.

Los otros tres festivos de carácter nacional son opcionales, es decir, pueden ser sustituidos por las comunidades autónomas: el 6 de enero, que en Galicia nunca se cambia, excepto que coincida en domingo; el Jueves Santo (que en 2025 se celebrará el 17 de abril), que en la Comunidad Gallega no se modifica de manera tradicional; y se le da la opción a las comunidades de escoger como opcional entre el 19 de marzo y el 25 de julio. La Xunta siempre elige el 25 de julio, ya que es el Día Nacional de Galicia, tal y como quedó establecido por el Decreto 8/1978, de 10 de julio.

Por lo tanto, las fiestas del calendario laboral para Galicia en el 2025 que se determinan son: Año Nuevo (1 de enero), Epifanía del Señor (Día de Reyes – 6 de enero), Jueves Santo (17 de abril), Viernes Santo (18 de abril), Fiesta del Trabajo (1 de mayo), Día de las Letras Galegas (17 de mayo), Día Nacional de Galicia (25 de julio), Asunción de la Virgen (15 de agosto), Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Natividad del Señor (25 de diciembre). Además de estos días, cada ayuntamiento determina dos jornadas festivas como propias de su localidad.